Page 5 - Edición 81 - Revista del Repuesto Automotor
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La Agenda Pro-Consumidor
y los repuestos EDITORIAL
Días atrás, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, junto al ministro de
Economía, Fomento y Turismo, José Ramón Valente, envío el proyecto de Ley
Pro-Consumidor, el que contempla cinco medidas elaboradas por la Oficina de
Productividad y Emprendimiento Nacional (OPEN), junto al Servicio Nacional
del Consumidor (SERNAC).
El texto, que es parte de la Agenda Pro-Consumidor del Gobierno, apunta
a modificar, entre otros, la regulación vigente en la elección de garantía de
productos. Al respecto, el Jefe de Estado afirmó que “no hay nada mejor para
los consumidores chilenos que tener mercados más competitivos y ciudadanos
bien informados y a eso apunta este proyecto de ley en beneficio de todos
los consumidores chilenos. En tanto, el ministro José Ramón Valente señaló que
“queremos que las personas dejen de perder el tiempo. Además, debe existir
simetría en el trato con el cliente: que sea igual de fácil contratar, que descontratar,
igual de fácil comprar que devolver el producto. Queremos clientes contentos,
no cautivos”.
En el caso de posibilitar la elección de garantía de productos, el objetivo de la
ley es clarificar las normas que existen en nuestro país sobre garantía legal. Hoy
en día, para la garantía legal hay tres meses desde la fecha de compra o desde
que se recibió el producto, y se puede optar entre tres alternativas: cambio del
producto, reparación gratuita o devolución del dinero. Algunos proveedores han
interpretado que la norma actual impide al consumidor elegir libremente entre
la garantía legal y la garantía voluntaria que ofrecen algunos proveedores. El
año 2017 el SERNAC dice haber recibido 29.562 reclamos relacionados con
el derecho de la garantía legal, siendo la principal causa el que la empresa se
niega a efectuar el cambio.
En el proyecto de ley, se propone expresamente que la garantía legal no
pueda ser desplazada por una garantía voluntaria, y se clarifica el derecho a
libre elección del consumidor para que pueda elegir entre la garantía legal y
aquella garantía otorgada por el proveedor.
En el caso de los repuestos automotrices y accesorios, la garantía
voluntaria es ofrecida por algunas empresas como estrategia de
comercialización y es raro que sea una práctica habitual en el
rubro. La posibilidad de aplicar la garantía legal en repuestos que
a todas luces se ve que han sufrido deterioro por parte de los
mecánicos y de los conductores, es habitual y discutida por los
proveedores. Esta situación se menciona en el caso de reclamos
del SERNAC y da motivo a denuncias del cliente que en la
mayoría de los casos no corresponde.
Hernán Quezada Hörmann
Presidente CAREP A.G.
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